La Asamblea
Ordinaria se celebrará anualmente en la segunda quincena del mes de Mayo,
a los efectos de:
a)aprobar o rechazar la Memoria y el Balance del ejercicio fenecido;
b)Renovación de la Comisión
Directiva y Comisión Revisora de Cuentas;
c)fijar los montos y periodicidad de
la cuota para los socios activos y del efectivo que podrá mantener el
Tesorero para gastos menores y urgentes.
Artículo
27º.
Las Asambleas Extraordinarias deberán ser
convocadas por la Comisión Directiva, en un plazo no mayor de quince días
ni menor de cinco, cuando concurran algunas de las siguientes condiciones:
a)lo soliciten por escrito más del diez por ciento de los asociados;
b)lo soliciten dos miembros de la
C.D.;
d) la establezca la Dirección de Cooperación Escolar.
Artículo
28º.